Derechos de embarazadas

Muchas de las lectoras de este su blog puede que sean jovencitas menores de 18, pero las que ya sean mayores de esa edad y que estén planeando concebir un hijo yo les recomiendo lo siguiente:

- Es bien importante que acudan al doctor a hacerse chequeos generales (Mínimo 3 meses antes del embarazo) para evitar cualquier tipo de situación de salud que afecte al pequeño o a la mamá.

Pero independientemente de eso, estén planeando el bebé o no, deben estar cuidando su salud siempre; si bien no es un mito que el ácido fólico ayuda a fortalecer tejidos, y sobretodo a la formación del tubo neural del pequeño, eso no quiere decir que EXAGERADAMENTE deben tomarlo como si eso fuera de vida o muerte; puedes pasar dos días sin tomar la dosis recomendada por el doctor, (Que se te haya olvidado no pasa nada) Nuestros alimentos proveen de tal vitamina al igual que nosotras tenemos reservas en nuestro cuerpo como para 3 años.

Ahora en cuanto a lo laboral, hay muchas mujeres que son madres solteras y/o trabajan y colaboran junto con su pareja, es bien importante que se informen:

- Bajo ninguna circunstancia deben de ser cuestionadas en cuanto si están embarazadas o no (Esto no implica ocultarlo) Ya que deben de ser contratadas por sus aptitudes y su capacidad de cumplir con el trabajo ofertado.

- Por lo regular se puede sufrir de hostigamiento: Llamadas de atención sin sentido, exigencias, molestias por que llegaran a faltar por cuestiones de salud. No se dejen, en ese momento pidan ayuda de Recursos Humanos o en cualquier caso, de la Secretaría del Trabajo:

Como mujeres embarazadas generan derechos, y el no despedirlas bajo ninguna circunstancia y tenerlas ahí hasta después de su incapacidad por maternidad.

Por lo regular las empresas hostigan o intimdan a las mujeres embarazadas a fin de forzarlas a renunciar, o "Correrlas" con acciones disciplinarias o motivos absurdos que a los demás les perdonan.

En el caso de que por alguna razón deseen renunciar, deben asegurarse de que su patrón les pagó seguro social;

- A partir del día que renuncian el patrón avisa al IMSS que ya no están laborando en la empresa, pero tienen derecho de 58 días después de la renuncia a acudir a los servicios (o más dependiendo el tiempo laborado). Esto se llama "Conservación de derechos"

- Si durante los 58 días o el tiempo que tengan de "Conservación de derechos ustedes no darán a luz, si no hasta después, el IMSS Les respeta la conservación de derechos hasta el día del parto, pero es un trámite que deben de hacer DURANTE su conservación de derechos. NO DESPUÉS.

Ojo con esta aclaración: Por lo general cuando van a Archivo les dicen que "Esperen hasta que termine su conservación de derechos y que después vayan a hacerlo válido" Esto no se puede, por que en el sistema al ir después de su conservación de derechos cierran totalmente el ciclo con el IMSS y por lo tanto por más que quieran moverle, nadie puede reincorporarlas al sistema, a menos que empiecen a trabajar o que su esposo trabaje y las incluya como esposas en el sistema.
-Asegurense de que, antes de que termine su conservación de derechos y si todavía no han tramitado su prorroga de embarazo, hacer TODAS sus citas, desde la de la semana que viene hasta las de después del embarazo, por unas o por otras.

-El IMSS les permite pagar una CUOTA ANUAL (Esto para trabajadores que han durado más de 1 año en una empresa o a trabajadores que han sido constantes en sus trabajos) y consiste en:

  • El pago es obligatorio, y debe de ser para dos personas, el titular y un beneficiario (Hermano, hijo, padre etc etc)
  • Llevar sus documentos como Acta de Nacimiento, comprobante de domicilio y una identificación oficial con fotografía y que la identificación coincida con la dirección que tiene el comprobante de domicilio.
  • Este pago no cubre cirugias estéticas, pero sí abarca medicinas, operaciones necesarias, internados etc etc.
El total del pago, (el mínimo) es de 3000 pesos, pero igual, comparenlo con lo que el mismo IMSS les cobra por estudios, estar internada, parto (o cesaria) es más de 11000 pesos (Casi el cuadruple de lo que pagarían anualmente.

Así que no se vayan a dejar engañar e informense, y todos los trámites que hagan haganlos DURANTE su conservación de derechos y no DESPUES, ya que después nomás no podrán hacer nada.

Un saludo Mamás! :D

52 Response to "Derechos de embarazadas"

  1. Anónimo says:

    ami se me paso mi conservacion de derechos por un error de informacion por parte del archivo ymr niegan el servicio ke puedo hacer ya que cuent con 8 meses de embarazo y me niegan el servicio.

    Anónimo says:

    te sugiero consultar acuerdo numero 33 19 80 del h. consejo tecnico del imss

    Luna-Sama says:

    Anonima 1: Por eso lo escribí, por que a mi en archivo me la aplicaron tambien, y ni vía correo electrónico ni nada me apoyaron. Haz una huelga o no sé, amenazar que no te irás hasta que te atiendan, que no fue tu error, que fue error de ellos.

    Yo me inscribí en el seguro popular, ahí tuve a mi bebé.

    Díaz says:

    Hola chicas , en mi caso yo fui para pedir mi prorroga y me la negaron porque me dicen que gano más de tres salarios mínimos y no tengo derecho.. aun estoy en mi conservación de derechos y de verdad quiero intentar hacer algo ,primero fui para la prorroga y me dijeron que regresara una semana antes de que se venciera la conservación , lo cual hice y me salieron con esto , estoy a unos días de que se me venza, he checado con algunos abogados laborales este tema y no saben , le pedí al jefe de control de prestaciones , me mostrará en donde decía que no tengo derecho y no supo encontrar el artículo en la ley . No es posible que nos traten de esta manera, además yo también ya tengo la incapacidad y no me la quieren pagar porque aunque tengo conservación de derechos , mi patrón me dio de baja, claro que cumplo con las semanas cotizadas necesarias y con las revisiones en el IMMS , pero como me dio de baja unos días antes de que saliera mi incapacidad ya no me quieren dar el subsidio e insisto , nadie sabe, por favor si alguien sabe algo , ayúdenme , soy madre soltera y mi patrón no me pago ni mi última quincena , si, ya fui a la PROFEDEC y lo estoy demandando , pero necesito el dinero para la renta y los gastos . He pagado mis cuotas al IMMS por 10 años y ahora que me embarazo y me despiden injustificado y sin liquidación , me salen con esto a unas semanas de que nazca mi bebé. Por favor alguien puede orientarme de manera certera??

    Luna-Sama says:

    Hola!!

    Perdón por el retraso.

    Te comento:

    Busqué el acuerdo que "Anonimo" escribió, y no me da resultado.

    Ahora, Díaz! si todavía tienes chance corre a la SUB DIRECCIÓN, no a Prestaciones, o ve directamente a la dirección, dí que estas bien informada y que tomarás acción legal si no te respetan tu prórroga...

    Acude pronto !

    Si ya de plano no pudiste, (En cuanto a tu parto) entra al seguro popular, no es malo, a mi me atendieron perfectamente bien, pero apresurate a demandar y exigir el pago e indemnización correspondientes por negligencia.

    Anónimo says:

    Hola buenas tardes tengo 19 semanas de embarazo si me salgo de trabajar porque mi embarazo es alto riesgo el seguro si me quedra dar la prologa hasta el día
    del parto que seria en octubre o no por favor ayúdenme a aclarar esta duda...

    Anónimo says:

    Hola quisiera saver si mi esposo lo dieron de baja el 4 de noviembre de este ano y yo tengo 37 semanas de embarazo sigo teniendo el derecho de parto en el imss de echo mi esposo si cotizo mas de las 8 semanas de ley y ahora no me quieren dar prorroga

    Unknown says:

    hola chicas yo pedi mi prorroga por embarazo y no me la negaron pero tengo una duda no se si puedes cobrar como una tipo incapacidad yo me quede sin trabajo en noviembre solo quiero saber si es cierto que tenemos derecho a cobrar dicha incapacidad gracias zulema sanchez

    Unknown says:

    hola!
    en mi caso me estan negando la prorroga ya que me dicen que ganaba mas de tres sueldos minimos yo les comento que me despidieron injustificadamente y que la requiero ya que tengo un embarazo de lato riesgo que puedo hacer en esta situacion

    Luna-Sama says:

    Aida Muñoz

    Disculpa mi tardanza...

    En primer lugar ve directamente a la dirección (Vaya la reBundancia) Y exige el derecho que tienes... muestra papeles, ultrasonidos, todo lo que tu médico familiar te haya dado anteriormente, demuestrale que necesitas la atención médica y demuestra que no tienes $$$$ Para pagar un particular (Muchas veces en eso se escudan, en tu ex-sueldo)

    Encontré esto para ti, igual habla con alguien de inmediato por que no te pueden negar el servicio MUCHO MENOS si tu enfermedad (Léase de buena manera, y léase que me refiero al embarazo) Es de alto riesgo:


    264 fracciones XIII y XVII, de la Ley del Seguro Social, 31 fracciones XIII y XXVII, del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en los artículos 85, 94 y 95 de la Ley del Seguro Social, así como 28, 34 al 38 y 69 al 73 Bis del Reglamento de Servicios Médicos del Instituto Mexicano del Seguro Social, y conforme a los oficios 169 y s/n del 17 y 23 de mayo de 2005 de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, ACUERDA modificar en lo conducente el Acuerdo 124/2005 del 20 de abril de 2005 de este propio Consejo Técnico, para quedar en los siguientes términos: Único.- Se autoriza de manera excepcional para el caso de maternidad de las aseguradas y de las esposas o concubinas de los asegurados, el otorgamiento de las siguientes prestaciones en especie por un período mayor al previsto para la conservación de derechos del Seguro de Enfermedades y Maternidad, bajo las condiciones generales que se indican a continuación. A) La asegurada que hubiere concebido durante el período de aseguramiento, y que al causar baja tuviera por lo menos ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, tendrá derecho durante el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia, a las prestaciones en especie que consigna la Ley del Seguro Social para el caso de maternidad, aun cuando dichas etapas concluyan fuera del período previsto para la conservación de derechos. B) La asegurada a quien el Instituto dentro de las 8 semanas posteriores a su baja le certifique que está embarazada, y que al causar baja hubiera acumulado por lo menos 8 cotizaciones semanales ininterrumpidas, tendrá derecho durante el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia, a las prestaciones en especie que consigna la Ley del Seguro Social para el caso de maternidad, aun cuando dichas etapas concluyan fuera del período previsto para la conservación de derechos. C) La esposa o concubina del asegurado dado de baja, tendrá derecho a la asistencia obstétrica necesaria y a una ayuda en especie por seis meses para lactancia, siempre y cuando hubiera concebido durante el período de aseguramiento del esposo o concubinario o durante el período de conservación de derechos, y éste hubiera acumulado al menos 8 cotizaciones semanales ininterrumpidas. Las prestaciones descritas en este inciso se otorgarán durante el embarazo, el alumbramiento, el puerperio y la lactancia, aun cuando estas etapas concluyan posteriormente al período de conservación de derechos del asegurado. D) En todos los casos la certificación por parte del Instituto sobre el estado de embarazo deberá ocurrir durante el aseguramiento o dentro del período de conservación de derechos, y el disfrute de las prestaciones de maternidad quedará sujeto al estudio socioeconómico que compruebe la procedencia de atender bajo condiciones excepcionales a las aseguradas o a las beneficiarias de los asegurados”.

    Unknown says:

    Ola oye una preguntatengo 4 meses y medio y no cuento con seguro social x ke la patrona no me lo kiere dar eya tiene ke pagarme la incapacidad x su cuenta o komo tengo ke hacer para recibir lo ke me corresponde

    Unknown says:

    Ola oye una preguntatengo 4 meses y medio y no cuento con seguro social x ke la patrona no me lo kiere dar eya tiene ke pagarme la incapacidad x su cuenta o komo tengo ke hacer para recibir lo ke me corresponde

    Luna-Sama says:

    Karla Isabel:

    ¿Qué tipo de trabajo tienes? ¿Eres empleada doméstica? Te lo comento por lo siguiente

    Si tu patrona no tiene algún "Establecimiento" como tal, es un acuerdo de palabra, por lo tanto sería un proceso larguísimo para que te diera Seguro Social.

    Ahora, si trabajas en una Boutique, o algún lugar por el estilo, acude de inmediato a la Secretaría del trabajo y previsión social y exige que hagan una inspección y que te den seguro social...

    Se supone que te pagan la incapacidad si, mínimo, cotizas 20 o 30 semanas en la fuente de trabajo. Si no las cotizas el IMSS no te las paga, te las paga el patrón o patrona que tengas.

    Acude pronto, igual preevente con un seguro popular, en caso de que no quieran darte ningún tipo ayuda en cuanto atención médica

    Anita mozo says:

    Chivas una pregunta soy asegurada X mi esposo que beneficios tango con especie y atencion

    Anita mozo says:

    Chicas una pregunta soy asegurada X mi esposo que beneficios tengo con especie y atencion

    Luna-Sama says:

    Hola Anita Mozo.

    Se supone que gozas de los mismos derechos que como madre trabajadora a excepción de la guardería, en las guarderías te exigen que trabajes para que te lo puedan cuidar o que el padre tenga la custodia total y que necesite que alguien le cuide al bebé mientras labora.

    Asesorate en el lugar de informacion del IMSS que se encuentran en las entradas de cada centro de salud.

    Unknown says:

    Hola tengo prorroga de embarazo en el IMSS y ya no estoy trabajando tengo derecho a cobrar incapacidad

    Unknown says:

    Hola buenas noches!!

    Yo me encontraba asegurada por parte de la escuela y desde que inició mi embarazo acudi al seguro a revisiones , ahorita estoy a menos de un mes de dar a luz y me niegan el servicio ya que termine mis estudios y apenas a inicios de este mes mi escuela me dio de baja ... También aplica la prorroga de embarazo para asegurados por parte de la universidad ?...

    Unknown says:

    Hola buenas noches!!

    Yo me encontraba asegurada por parte de la escuela y desde que inició mi embarazo acudi al seguro a revisiones , ahorita estoy a menos de un mes de dar a luz y me niegan el servicio ya que termine mis estudios y apenas a inicios de este mes mi escuela me dio de baja ... También aplica la prorroga de embarazo para asegurados por parte de la universidad ?...

    Anónimo says:

    Hola luna hasta ahorita me entero de la prorroga y no se si ya se me vencio yo renuncie el 21 de enero de 2016, pero aun no estaba embarazada pero necesito atencion ya que no puedo laborar por mo embarazo y quiero saber si aun tengo chanse a la prorroga???

    Anónimo says:

    Hola, tengo 6 meses de embarazo, trabaje en liverpool trabaje como 4 meses y me sali obvio me di de alta en el seguro, en diciembre deje de laborar y aun me atienden. Nose que hacer sigo llendo a mis citas o nose si me atiendan en el seguro qe tiene mi esposo?

    Anónimo says:

    Una pregunta tengo 3 meses de embarazo y llevo mi control en el seguero pero por cuestiones en el trabajo me voy a salir unas semanas antes de cumplir el año pero no se si el seguro me siga atendiendo hasta mi parto cren que me autoricen la prórroga o tengo el derecho de que el seguro me siga atendiendo hasta el final de mi embarazo

    Anónimo says:

    Hola cuales son los requisitos que pide el imss para poder otorgarte la prorroga de servcio una vez que renunciaste o te despidieron, ya vi que es dentro del periodo pero que documentos debo llevar para concluir con el tramite

    Unknown says:

    Hola tengo prórroga por embarazo en el IMSS quisiera saber si tengo derecho a cobrar incapacidad y adonde tengo que acudir

    Unknown says:

    Hola tengo prórroga por embarazo en el IMSS quisiera saber si tengo derecho a cobrar incapacidad y adonde tengo que acudir

    Anónimo says:

    hola espero me puedan ayudar yo tengo un problema yo estaba laborando en una empresa me sali el 18 de abril 2016 y ya estaba embarazada no avise a mi empresa me segui atendiendo en el seguro nunca me mensionaron de la prorroga y llego el dia que di a luz que fue el 17 de junio del 2016 y me atendieron normal ya hasta que tube a mi bebe me avisaron que no tenia derecho al seguro me tuvieron en urgencias todo el tiempo mi bebe nacio alas 6:30am.ybdesde esa hora me tuvieron en urgencias y a mi bebe no me la bañaron siquiera a minfamiliar le dijeron que tenia que pagar cincomil pesos si no no me dejaban salir y por dia le iban a cobrar cinco mil pesos mi mama se movio a conseguir y me dieron de alta alas 12:00de la noche de ese mismo dia pero le dijeron a mi mama quentiene que pagar una cantidad de catorse milmpesos a y me dieron acta de alumbramiento pero sin sello y la verdad no tenemos dinero que puedo hacer me preocupa por que mi bebe esta enferma y no puedo atenderla por que no puedo regristrarla para sacar mi seguro popular y poderla atender pornque ni siquiera le pusieron la vacuna de recien nacido que puedo hacer en este caso o a donde puedo acudir de verdad me urge que alguin me pueda orientar

    Anónimo says:

    Hola fui a pedir mi prórroga y me dijeron que hasta después de 45 de renunciar tenía que ir les dije que no era así y me dijeroon que no que me espere y después vaya que puedo hacer

    Anónimo says:

    Tengo 5 meses de embarazo y dure 1año y medio en mi trabajo, pero están por darme de baja. ¿en donde debo tramitar la prórroga y apartir de que momento, ahorita o en cuanto me den de baja ?
    Gracias

    cristina says:
    Este comentario ha sido eliminado por el autor.
    Anónimo says:

    HOLA ESPERO QUE ME PUEDAN AYUDAR O DAR UN CONSEJO TENGO 9 MESES LABORANDO SOY ENF. INDUSTRIAL TRABAJO EN UNA EMPRESA NO PERTENEZCO A LA EMPRESA SOY COMO DICEN POR AGENCIA YO TRABAJO CON EL MÉDICO DE LA EMPRESA TODO IBA BIEN HASTA QUE ME DI CUENTA QUE ESTABA DADA DE BAJA EN EL IMSS Y EL PROBLEMA ES QUE TENGO 2 MESES DE EMBARAZO Y SOLO ME TRAE CON CUENTOS MI PATRÓN QUE TRAE PROBLEMAS, QUE SI LO PAGO Y YA NO LE CREO NADA SIGO DADA DE BAJA PERO QUE HAGO NO SE ME ASE JUSTO. QUE PUEDO HACER? MI ESPOSO ME DICE QUE EL ME DA DE ALTA. PERO SERÁN LOS MISMOS BENEFICIOS DE LAS INCAPACIDADES Y ESO. ORIENTENME X FAVOR MIS PLANES ES SOLO TERMINAR MI EMBARAZO Y LE RENUNCIO XQ DE VERDAD NECESITO TRABAJAR PERO TERMINANDO QUE SE QUEDE CON SU TRABAJO.

    Anónimo says:

    Hola chicas, les informó que la información está basada el el acuerdo 196/2005 de la ley del Imss (busquen la e imprimnla por si no les quieren hacer válidos sus derechos) . Tienen que acudir a archivo en donde les dan una hoja para certificación de embarazo, la cual deben llevar a coordinación medica y una vez llena, regresarla a archivo, yo tarde sólo uas horas en hacer el trámite, no se dejen sorprender pueden realizar el trámite cualquier día dentro de las 8 semanas posteriores a la baja, después ya no.

    Anónimo says:

    hola tengo 22 años y estoy embarazada y trabajo en una empresa particular la cual desde que inicie a trabajar no estoy inscrita a el seguro social; y para esto ya llevo 2 años laborando con ellos ahora tengo 5 meses de embarazo y ahora quiero saber que podria hacer para recibir mi seguro social le agradeceria su apoyo con una buena respuesta gracias ...

    Unknown says:

    Hola, tengo 5 meses de embarazo desde que el principio me empece a atender en el seguro pero van a despedir a mi esposo a fin de mes. ¿Puedo tramitar la prorroga de embarazo?

    Anónimo says:

    buenas tardes
    si mi patro tiene problemas con sus pagos de imss me puedo quedar sin servicio medico , yo ya tengo todas mis citas y me alivio en diciembre ahi que procede que tengo que hacer para no quedarme sin servicio que tramite tengo que realizar

    saludos

    Anónimo says:

    Disculpa quiero que me asesores
    Tuve 1 año trabajando pero lo que pasa esque me sali porqe estoy embarazada & pues dure casi dos meses consultando en mi seguro social & ahora que fui a consultar no me quisieron atender que porqe mi trabajo ya me lo habia quitado & pues como le puedo hacer para qe me asesoren bien porfa

    Anónimo says:

    HOLA ESTOY EMBARAZADA Y YA PREGUNTE SOBRE QUE PASARIA CON EL SEGURO Y HAY MEDIJIERON QUE PODIA METER UNA PROROGA QUE ACUDA EN 4 DIAS PARA QE LA PUEDA RECLAMAR ESTOY EN DUDA SE TERMINO MI COMTRATO EL DIA 30 DE SEPTIEMBRE 2017

    Unknown says:

    A mi me comentaron en el IMSS la trabajadora social que puedes pedir prorroga por embarazo antes de que pasen 58 días después de que termine tu conservación de derechos, y mi medico familiar me comentó qué es difícil te acepten la prorroga si tienes embarazo de alto riesgo o algún antecedente no te la aprueban ....

    Hola buenas tardes, hace 4 meses me despidieron, metí mi prórroga de embarazo, pero mi duda es
    Si ¿el IMSS debe pagarmeincapacidad aunque ya no trabaje?.

    Unknown says:

    Tengo la misma duda que tú?, Pudiste resolver algo.

    rogelio castro says:

    hola buenas tardes a mi esposa la corrieron de su trabajo tiene 6 meses de embarazo
    el seguro debe pagarle su incapacidad o no??
    agradecere mucho su ayuda ya q la empresa le ofrece un baba

    Andrea says:

    hola tengo una duda, me acaban
    de despedir tengo 7 meses de embarazo, tengo derecho al pago de incapacidad?

    Luna-Sama says:

    AMIGOS!! Realmente disculpen la demora por contestar.

    Solo puedo comentarles lo siguiente.

    INSISTAN Y ASESORENSE.

    Si es posible DIARIO ASISTAN a Archivo y soliciten su prórroga, el IMSS no puede negarselas MUCHO MENOS si es un embarazo de alto riesgo.

    TAMPOCO se dejen despedir. No pueden correrlas durante el embarazo, deben estar ahí el mayor tiempo posible. - La Ley Federal del Trabajo establece que una mujer no puede ser despedida durante su periodo de embarazo. Es considerada una práctica laboral injusta por parte del empleador despedir a una trabajadora por estar embarazada u obligarla, ya sea directa o indirectamente, a renunciar, cambiar su estado civil o tener niños menores.

    *** 123-A-V de la Constitución Mexicana, 133 (15) de la Ley Federal del Trabajo

    ESTO QUIERE DECIR; Que los patrones siempre se van a encontrar cualquier recurso BAJO para orillar fisica o psicológicamente a las embarazadas a renunciar. ACUDAN a conciliación y arbitraje y denuncien por despido injustificado, pidan reestablecerse en su trabajo.

    Si les reestablecen en su trabajo y tienen más de 30 semanas cotizando en el IMSS, el IMSS les da su incapacidad. Si tienen menos de 30 semanas cotizando EL PATRON es el que paga esa incapacidad.

    POR FAVOR!! NO SE DEJEN!!! Ahora los del IMSS están procurando darle la vuelta a la tortilla con lo de que "Se está renovando la ley del IMSS" NO SE DEJEN!!

    Saludos a todos!!!

    Anónimo says:

    yo tengo una duda!!! Estoy embarazada y en el trabajo no tenemos seguro social, llevo 2 años trabajando para la empresa, aùn asì tengo derecho a mi incapacidad o por eso no, y còmo deberà ser, me deben pagar mi sueldo o lo que mi jefa quiera o nada.... estoy desesperada y no sè que hacer

    Anónimo says:

    Hola!
    Tengo una duda,tengo aproximadamente 4 semana y apenas empenas me di cuanta y como ase 3 semanas cumpi los 18 apenas tengo dos semanas cotisando en imss
    Que puedo aser? Ir a consultar y si me cubre el imss? O megor sacar mi polisa de seguro popular

    Unknown says:

    Tengo una pregunta ami me dio de baja mi patrón una semana antes de la incapacidad me la tiene que pagar el seguro la incapacidad o se la tengo que cobrar a mi ex patrón

    Unknown says:

    La incapacidad es por maternidad alas 33 semanas me dieron de baja

    Unknown says:

    Que requisitos piden para pedir la prórroga? Tengo 3 meses de embarazo y mismos q tengo en mi trabajo, pero estoy x contrato de 4 meses y no me darán otro. Estoy leyendo esto de la prórroga y me interesa dado q estoy soltera. De antemano gracias

    Unknown says:

    Disculpe si les pagaron incapacidad yo estoy pasando por lo mismo

    Unknown says:

    Ami me despidieron faltando una semana para mi incapacidad aun me la puedendar o ya la perdi ya fui al seguro a pedir mi prorroga y me la autorizaron pero dicen que ya no puedo consultar solo alas consultas prenatales asi que si tengo tos calentura o algo no me van a atender eso esta bien agradeceria mucho sus respuestas

    Anónimo says:

    Hola tengo 8 semanas dada de baja del seguro y estoy en mi semana 29 de gestacion podre cobrar mi subsidio por maternidad

    Unknown says:

    Hola ami mediero de baja del 6-agosto y quisiera saber si alcanzo incapacidad tengo 32semanas de embarazo

    Unknown says:

    Hola buenas tardes, me despidieron de mi trabajo tenia ahi un año y medio, y a la fecha tengo 8 semanas de embarazo, que puedo hacer en este caso, el patron sale sin perjuicio al haberme despedido, o se puede interponer algun recurso, hablando del seguro social, para recibir alguna muneracion o algo parecido por el despido injustificado